El Tribunal Supremo en sentencia hecha pública el 18 de Julio de 2017 señala que las deudas laborales al igual que las deudas comerciales pueden llegar a tener como consecuencia la condena solidaria de los administradores sociales puesto que el actual artículo 367 de las Ley de Sociedades de Capital para atribuir responsabilidad a los administradores habla tan sólo de la existencia de deudas de la sociedad en general sin especificar si éstas deudas son comerciales o de otra naturaleza cómo lo son las salariales.

    En la citada sentencia, el Tribunal Supremo señala que el derecho a indemnización por despido no nace con el contrato de trabajo sino que ésta nace una vez que el mismo es declarado judicialmente improcedente y la empresa opta por la no readmisión del trabajador. Dicha extensión de responsabilidad a los administradores se produce cuando la empresa se encuentre en causa legal de disolución siendo aplicable la doctrina expuesta incluso a los administradores de hecho cuando en su actuación intervengan con las mismas facultades y atribuciones que los administradores de derecho.

     

    El Tribunal Supremo en sentencia hecha pública el 18 de Julio de 2017 señala que las deudas laborales al igual que las deudas comerciales pueden llegar a tener como consecuencia la condena solidaria de los administradores sociales puesto que el actual artículo 367 de las Ley de Sociedades de Capital para atribuir responsabilidad a los administradores habla tan sólo de la existencia de deudas de la sociedad en general sin especificar si éstas deudas son comerciales o de otra naturaleza cómo lo son las salariales.

    En la citada sentencia, el Tribunal Supremo señala que el derecho a indemnización por despido no nace con el contrato de trabajo sino que ésta nace una vez que el mismo es declarado judicialmente improcedente y la empresa opta por la no readmisión del trabajador. Dicha extensión de responsabilidad a los administradores se produce cuando la empresa se encuentre en causa legal de disolución siendo aplicable la doctrina expuesta incluso a los administradores de hecho cuando en su actuación intervengan con las mismas facultades y atribuciones que los administradores de derecho.

     

    El Tribunal Supremo en sentencia hecha pública el 18 de Julio de 2017 señala que las deudas laborales al igual que las deudas comerciales pueden llegar a tener como consecuencia la condena solidaria de los administradores sociales puesto que el actual artículo 367 de las Ley de Sociedades de Capital para atribuir responsabilidad a los administradores habla tan sólo de la existencia de deudas de la sociedad en general sin especificar si éstas deudas son comerciales o de otra naturaleza cómo lo son las salariales.

    En la citada sentencia, el Tribunal Supremo señala que el derecho a indemnización por despido no nace con el contrato de trabajo sino que ésta nace una vez que el mismo es declarado judicialmente improcedente y la empresa opta por la no readmisión del trabajador. Dicha extensión de responsabilidad a los administradores se produce cuando la empresa se encuentre en causa legal de disolución siendo aplicable la doctrina expuesta incluso a los administradores de hecho cuando en su actuación intervengan con las mismas facultades y atribuciones que los administradores de derecho.